Chavez en la web

viernes, mayo 06, 2011

TRABAJADORES RESIDENCIALES SON RECONOCIDOS COMO HABITANTES DE LAS COMUNIDADES

Caracas, 06 May. AVN (Liamar Ramos).- Salir embarazada generó una gran alegría en Malena, quien a pesar de contar con pocos recursos económicos, estaba dispuesta a hacer cualquier sacrificio, hasta trabajar 15 horas diarias, para ofrecerle una vida digna al nuevo integrante de su familia.

Los esfuerzos de subir y bajar escaleras todos los días para limpiar los 18 pisos del edificio ameritaron un reposo absoluto para cuidar su embarazo.

La reacción del presidente de la junta de condominio fue inmediata, el despido de Malena.

Sin vivienda, un esposo desempleado y un hijo en camino, su esperanza de una vida mejor se desvaneció.

Discriminación, jornadas laborales mayores a 8 horas, despidos injustificados, pago de salarios menores al sueldo mínimo y castigos por salir embarazadas, es una situación que se repite en otras familias que se desempeñan como trabajadores residenciales.

La continua violación de los derechos laborales, obligó a Malena, así como a otros que se encontraban en una situación similar, buscar ayuda en el movimiento social Conserjes Unidos por Venezuela, para luchar por el reconocimiento de su trabajo.

El grupo logró que por decreto de rango, valor y fuerza se aprobara la Ley Especial para la Dignificación de Trabajadores y Trabajadoras Residenciales, que reconoce a los ciudadanos que desempeñan estas funciones como habitantes de la comunidad, con los mismos derechos inherentes a la vida social, comunitaria, familiar y ciudadana, que el resto de los habitantes del inmueble.

La normativa establece que los espacios públicos y comunes del inmueble no podrán ser restringidos para el uso del trabajador residencial, ni para el de los integrantes de su núcleo familiar, atendiendo a los principios de igualdad y equidad.

Además, se le garantizará el acceso a las áreas comunes, ascensores y servicios a los que tenga acceso toda la comunidad, en igualdad de condiciones.

Trabajadores no se adueñarán de los espacios

La ley contempla que la vivienda del trabajador residencial debe tener las mismas condiciones de habitabilidad que el resto de las viviendas multifamiliares que componen el inmueble, pero eso no se traduce en que los conserjes se adueñen de los espacios en los que residen.

Nédila Cordero, integrante de Conserjes Unidos por Venezuela, aclara que a los trabajadores residenciales “no les interesa pasar a ser propietarios de las viviendas en las que habitan, porque la mayoría de ellas no cumple con las condiciones mínimas de habitabilidad exigidas por las leyes y en materia de derechos humanos”.

Garantía de los derechos laborales

La ley que contiene 53 artículos y dos disposiciones transitorias, establece que los trabajadores residenciales ejercerán sus labores en la jornada diurna y contarán con los fines de semana libres.

El patrono no podrá obligar al trabajador a laborar horas extraordinarias. En el caso de que el empleado, voluntariamente, opte por trabajar horas extraordinarias, deberán seguirse los trámites establecidos y ser pagadas conforme a lo establecido en la legislación laboral.

Los conserjes no podrán percibir un salario inferior al sueldo mínimo, disfrutará de vacaciones y reposos. Durante su ausencia el patrono está obligado a contratar un suplente. Además, gozará de reivindicaciones laborales como la cotización en el seguro social.

La norma prohíbe los despidos injustificados, también le otorga al trabajador un plazo mínimo de tres meses para la desocupación del inmueble.

Y ante cualquier irregularidad que se presente, la Defensa Pública habilitará atención jurídica gratuita, para contener los atropellos y violaciones de derechos humanos.

Liamar Ramos
14:43 06/05/2011

No hay comentarios:

Publicar un comentario