SE ESTABLECIÓ DE ESA FORMA PARA QUE NO HAYA USURA Y ESPECULACIÓN CON LOS PRECIOS DE LOS PRODUCTOS IMPORTADOS Y DE AQUELLOS QUE REQUIEREN MATERIAS PRIMAS TRAÍDAS DEL EXTERIOR PARA SU PRODUCCIÓN NACIONAL.
Credito: Johana Villalobos
10 dic. 2014 - En los supermercados, farmacias, zapaterías, y otros comercios zulianos ya se empieza a observar los productos con marcaje impreso de haber sido adquiridos con divisas autorizadas por el Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), bien sea a dólar Sicad 1 y 2.
Impreso en el cuerpo del producto o mediante etiquetas autoadhesivas se especifica al cliente con cuál de los dos tipos de cambio el importado o el productor adquirió el producto, o compró materias primas para su fabricación.
“Yo compré un desinfectante, hace dos semanas, en un súper y me decía impreso en la misma etiqueta que algunas materias primas con las que habían hecho el producto las compraron con dólar Sicad 1. Supongo que de ese depende también su precio”, contó Lourdes Tavarez, de San Francisco.
El coordinador regional de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (Sundde), One Soto, informó: “Todo producto importado con divisas asignadas por el Estado, debe ser identificado con la información que fue adquirida con dólares preferenciales. La Cencoex y la superintendencia debemos fiscalizar que eso se cumpla. Nosotros durante los proceso de inspección y fiscalización chequeamos todos los documentos, cuando es una empresa que importa”.
El costo de ese producto entonces se calculará de acuerdo a la divisa con el que fue comprado. Esto lo explicó Soto de la siguiente manera: “A partir de lo que la empresa declara en la aduana es que nosotros hacemos el cálculo del valor original de la mercancía, a eso se debe agregar los costos, los gastos y el 30% del margen de ganancia. Cuando estas aristas se suman debe dar el precio de venta del producto, ese precio es el que importador le va a vender al distribuidor, pero ese producto debe ser identificado como tal”.
Para la lossadeña, Yanira Rincón, le resultó extraño que en una farmacia de Maracaibo el jabón que compró estuviera etiquetado que fue adquirido con Sicad II.
“Algunos tienen la descripción en los empaques, pero otros no”, dijo el encargado de la cadena de farmacias.
Según el representante de la superintendencia, esta medida, prevista en la Ley Ilícitos Cambiarios, se estableció de esa forma para que no haya usura y especulación con los precios de los productos importados y de aquellos que requieren materias primas traídas del exterior para su producción nacional.
“La gente busca precios justos, pero es difícil encontrar en los anaqueles de cualquier establecimiento comercial algo que tenga solo el precio impreso en el empaque, sea justo o no. Siempre uno como cliente debe estar preguntando cuánto cuesta a cualquiera se le atraviesa. Hace una semana me pasó que encontré en una tienda de calzados un bolso con doble etiqueta de precio, una de mil 300 y la otra que decía 1.600 bolívares”, detalló Carolina Ramos, habitante del sector Delicias.
Tal como señaló, el pasado 28 de noviembre, el superintendente de Precios Justos, Andrés Eloy Méndez, la aplicación del marcaje del PV Justo le fue otorgado un plazo de treinta (30) días continuos a los productores, y cuarenta y cinco (45) días continuos a los importadores para el troquelado, contados a partir del 24 de noviembre, fecha de la Gaceta Oficial 40.547. Ya la providencia había sufrido una prórroga el primero de noviembre, y la misma establece la obligatoriedad del marcaje del precio justo en cada artículo o bien.
Soto especificó que para el 8 de enero sería el plazo para los importadores.
Esta medida se comenzó aplicar con cierta timidez por los importadores y productores, según Soto, a nivel nacional se está comenzando a colocar los precios, de algunas empresas de productores y de importadores que se ya están adelantado el proceso, incluso, en el Zulia.
En un recorrido hecho por varios supermercados el llamado troquelado de los precio se observó en pocos artículos. En un jabón de baño o tocador aparecía la descripción: precio según establece la Sundde.
La resolución estipula que el marcaje sebe ser impreso en el cuerpo del artículo, con etiqueta autoadhesiva y en caso de imposibilidad de las anteriores, debe ser señalado a través de listas, anuncios o habladores. Además, enfatiza que en ningún caso se podrá marcar un mismo bien o servicio con más de un precio. Está prohibido removerse las etiquetas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente, ni fijar en listas montos superiores a los marcados.
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