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jueves, noviembre 22, 2012

HISTÓRICO: ECUADOR APRUEBA IMPUESTO A LOS BANCOS DIRIGIDO A PROMOVER EL DESARROLLO SOCIAL


La Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley de Redistribución de los Ingresos del Gasto Social, que contempla una subida de los impuestos a los bancos para financiar los programas sociales que beneficiarán a las clases más desfavorecidas del país.
Por primera vez en la historia de Ecuador, la Asamblea Nacional aprobó una ley para socializar las ganancias de los bancos, que en los últimos cinco años han obtenido beneficios extraordinarios, según aseguró el parlamentario William Black.
El proyecto de ley recibió un importante apoyo parlamentario, ya que 79 de los 94 diputados presentes en la sesión votaron a favor de convertirlo en norma jurídica, y solo cinco lo hicieron en contra, según informó la agencia Andes.
La nueva ley sube del 13% al 23% el impuesto sobre las ganancias de los bancos, fija en un 12% el IVA de los servicios bancarios y elimina varias exenciones tributarias, lo que permitirá al Gobierno recaudar unos 160 millones de dólares anuales.
Con estos ingresos suplementarios el Ejecutivo tiene previsto financiar parte del proyecto de aumento del Bono de Desarrollo Humano de 35 a 50 dólares mensuales, lo que supone un coste adicional de 300 millones de dólares. Los beneficiarios directos de este incremento serán cerca de 1.900.000 ecuatorianos de las clases más pobres, buena parte de ellos madres solteras indígenas con los hijos a su cargo.
Ha sido necesarias tres modificaciones para sacar adelante en el proyecto de ley. La más importante, la referida al traspaso de la carga tributaria a los usuarios. Para evitar que afecte a los depositarios, la Superintentencia de Bancos tendrá la potestad de fijar el coste de los servicios bancarios, según explicó el presidente de la comisión de Régimen Económico, Francisco Velasco.
Además, Velasco indicó que para impedir que la banca recurra a otros mecanismos para aumentar el coste de sus servicios,«la Superintendencia de Bancos y Seguros controlará y sancionará de manera ejemplar a las entidades financieras que recarguen estas reformas económicas a sus clientes».
El segundo cambio se refiere a la posible vulneración del secreto bancario que supondrá tan inspección por parte de la Superintendencia de Bancos y Seguros. Como medida correctora, se ha establecido que la información obtenida será exclusivamente de uso tributario. «El uso indebido de la información será sancionado civil, penal o administrativamente, según sea el caso», indicó el legislador Luis Almeida.
También se ha derogado el decreto gubernamental que impuso a los promotores de espectáculos públicos la obligación de retener el valor de un impuesto especial calculado sobre la base de todos los ingresos que perciba un artista extranjero en el país.


VIA Gara

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