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miércoles, octubre 26, 2011

Cuba vs Bloqueo:186 a 2! Hablamos con Roberto Molina


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Cuba vs el Bloqueo
Naciones Unidas condenó hoy, por vigésima ocasión en 20 años consecutivos, el bloqueo impuesto por Estados Unidos contra Cuba y exigió su levantamiento. Hablamos con Roberto Molina, enviado especial de Prensa Latina a Bs As, sobre el resultado de la votacion
El nuevo rechazo a ese cerco norteamericano fue sancionado este martes por el plenario de la Asamblea General de la ONU 186 votos a favor, dos en contra y tres abstenciones.

Las votaciones contra el bloqueo comenzaron el 24 noviembre de 1992 cuando la 47 sesión ordinaria de ese órgano aprobó por 59 votos a favor, tres en contra y 71 abstenciones la primera resolución en ese sentido."Decidida a fomentar el respeto estricto de los propósitos y principios consagrados en la Carta de las Naciones Unidas, Reafirmando, entre otros principios, la igualdad soberana de los Estados, la no intervención y no injerencia en sus asuntos internos y la libertad de comercio y navegación internacionales, consagrados, además, en numerosos instrumentos jurídicos internacionales, Recordando las declaraciones formuladas por los Jefes de Estado y de Gobierno en las cumbres iberoamericanas relativas a la necesidad de eliminar la aplicación unilateral de medidas de carácter económico y comercial contra otro Estado que afecten al libre desarrollo del comercio internacional, Preocupada porque continúan la promulgación y aplicación por parte de Estados Miembros de leyes y disposiciones reglamentarias como la promulgada el 12 de marzo de 1996, conocida como "Ley Helms-Burton", cuyos efectos extraterritoriales afectan a la soberanía de otros Estados, a los intereses legítimos de entidades o personas bajo su jurisdicción y a la libertad de comercio y navegación, Tomando nota de las declaraciones y resoluciones de distintos foros intergubernamentales, órganos y gobiernos que expresan el rechazo de la comunidad internacional y de la opinión pública a la promulgación y aplicación de medidas del tipo indicado, Recordando sus resoluciones 47/19, de 24 de noviembre de 1992, 48/16, de 3 de noviembre de 1993, 49/9, de 26 de octubre de 1994, 50/10, de 2 de noviembre de 1995, 51/17, de 12 de noviembre de 1996, 52/10, de 5 de noviembre de 1997, 53/4, de 14 de octubre de 1998, 54/21, de 9 de noviembre de 1999, 55/20, de 9 de noviembre de 2000, 56/9, de 27 de noviembre de 2001, 57/11, de 12 de noviembre de 2002, 58/7, de 4 de noviembre de 2003, 59/11, de 28 de octubre de 2004, 60/12, de 8 de noviembre de 2005, 61/11, de 8 noviembre de 2006, 62/3, de 30 de octubre de 2007, 63/7, de 29 de octubre de 2008, y 64/6, de 28 de octubre de 2009, y 65/6, de 26 de octubre de 2010, Preocupada porque, después de la aprobación de sus resoluciones 47/19, 48/16, 49/9, 50/10, 51/17, 52/10, 53/4, 54/21, 55/20, 56/9, 57/11, 58/7, 59/11, 60/12, 61/11, 62/3, 63/7, 64/6 y 65/6, continúan promulgándose y aplicándose nuevas medidas de ese tipo dirigidas a reforzar y ampliar el bloqueo económico, comercial y financiero contra Cuba, y preocupada también por los efectos negativos de esas medidas sobre la población cubana y los nacionales de Cuba residentes en otros países, 1. Toma nota del informe del Secretario General sobre el cumplimiento de la resolución 65/61; 2. Reitera su exhortación a todos los Estados a que se abstengan de promulgar y aplicar leyes y medidas del tipo indicado en el preámbulo de la presente resolución, en cumplimiento de sus obligaciones de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional, que, entre otras cosas, reafirman la libertad de comercio y navegación; 3. Insta una vez más a los Estados en los que existen y continúan aplicándose leyes y medidas de ese tipo a que, en el plazo más breve posible y de acuerdo con su ordenamiento jurídico, tomen las medidas necesarias para derogarlas o dejarlas sin efecto; 4. Solicita al Secretario General que, en consulta con los órganos y organismos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, prepare un informe sobre el cumplimiento de la presente resolución a la luz de los propósitos y principios de la Carta y del derecho internacional y se lo presente en su sexagésimo séptimo período de sesiones; 5. Decide incluir en el programa provisional de su sexagésimo séptimo período de sesiones el tema titulado "Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba".

Desde entonces la Asamblea ha aprobado cada año una resolución titulada Necesidad de poner fin al bloqueo económico, comercial y financiero impuesto por los Estados Unidos de América contra Cuba

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